Se publica el nuevo Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RD 513/2017, RIPCI) y su Guía técnica de aplicación

El día 12 de junio se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 513/2017 por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, coloquialmente conocido como RIPCI. El objeto de este reglamento es el de establecer las condiciones y los requisitos exigibles relativos al diseño, instalación, mantenimiento e inspección de los equipos y sistemas que conforman las instalaciones de protección contra incendios.

La entrada en vigor del reglamento se producirá a los seis meses desde su publicación en el BOE. Asimismo, derogará y sustituirá al anterior RIPCI, aprobado en su momento por el Real Decreto 1942/1993.

La actualización del Reglamento de instalaciones de protección contra incendios era especialmente necesaria dada la evolución que ha habido durante los últimos años en la técnica y en el marco normativo aplicable. El nuevo texto tiene en cuenta tanto la evolución del sector, como la aparición de nuevos tipos de equipos y tecnologías en el mercado. También se hace mención a la normativa europea relativa al marcado CE, entre la que cabe destacar el Reglamento (UE) nº305/2011, que establece condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción, y también el Reglamento (CE) nº765/2008, que establece los requisitos de acreditación y vigilancia del mercado relativos a la comercialización de los productos.

Hay que remarcar que el RIPCI es una pieza clave dentro de la normativa que regula la Protección Contra Incendios, y que este nuevo texto deberá aplicarse conjuntamente con otras disposiciones normativas, destacando el Código Técnico de la Edificación (RD 314/2006), y Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (RD 2267/2004). En ambos casos, estos reglamentos establecen que el diseño, ejecución, puesta en funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios, así como sus componentes y equipos, deben cumplir lo establecido en su reglamentación específica.

Texto completo: Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

 

Jornada de presentación el martes 4 de julio

Para más información sobre el RD 513/2017, el martes 4 de julio se celebrará una presentación en el Salón de Actos del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad donde se hablará del contenido y novedades del texto.

A la jornada asistirán como ponentes los responsables de la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial, representantes de las Comunidades Autónomas, asociaciones del sector y expertos del mundo de la normalización y certificación.

portada jornada

 

 [Actualización: Diciembre 2017]

Guía técnica de aplicación

En octubre se publicó un primer borrador de la guía técnica de aplicación del RIPCI dentro de un proceso de participación pública, con el objetivo de recibir comentarios y preguntas antes de publicar la versión definitiva.

Posteriormente, en diciembre de 2017 se publica la primera versión definitiva de la guía, que se podrá encontrar en la siguiente dirección web:

guia aplicacion ripci 2017 v1.PNGEste documento pretende servir para facilitar la aplicación práctica de las disposiciones del reglamento, e incluye información y comentarios, con el objetivo de aclarar conceptos, ayudar a interpretar el reglamento y responder a las principales preguntas frecuentes que puedan surgir.

La guía se irá actualizando y completando periódicamente, para ampliar y mejorar su contenido cuando sea necesario. La última versión de esta guía se publicará en la página web del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, en el apartado de “Industria > Calidad y Seguridad Industrial > Instalaciones Industriales > Instalaciones de protección contra incendios”. Además, en cuando estén disponibles, también se publicarán otros documentos donde se desarrollen más contenidos del reglamento que sea preciso detallar.

Finalmente, se debe tener en cuenta que este reglamento no es una disposición aislada, sino que está interrelacionada con todo un ecosistema legislativo que lo complementa (legislación sobre productos, sobre establecimientos e instalaciones industriales, sobre edificios y construcciones no industriales, entre otros). Para más información sobre este y otros reglamentos sobre Seguridad Industrial, se puede consultar la web del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, en el apartado de Seguridad Industrial. Para más información sobre el Código Técnico de la Edificación, se puede consultar www.codigotecnico.org. Por otra parte, se recuerda que, al tener el RD 513/2017 carácter de normativa básica, las Comunidades Autónomas tienen competencia para desarrollarlo, así como para establecer las medidas necesarias para su aplicación.

.

.

.

Se crea UNE, la Asociación Española de Normalización, separándose formalmente de AENOR

Desde inicios de 2017 se ha llevado a cabo una separación de la que se llevaba mucho tiempo hablando: AENOR, que desde su creación en 1986 hasta este momento era la Asociación Española de Normalización y Certificación, se divide en dos entidades independientes entre sí, separando por una parte sus labores de normalización, y por otra parte sus actividades de certificación y otras derivadas. De esta forma, la nueva Asociación Española de Normalización (UNE) será a partir de ahora la entidad española dedicada a las tareas de normalización en España, mientras que AENOR pasa a ser una Sociedad Anónima Unipersonal (Aenor Internacional S.A.U.) y prestará los servicios de evaluación de la conformidad que llevaba realizando hasta ahora de forma independiente a UNE (www.une.org).

Este nuevo esquema supone básicamente un cambio formal, ya que en la práctica AENOR siempre ha mantenido sus actividades de normalización y de certificación separadas entre ellas. No obstante, la necesidad de realizar esta separación de manera formal se llevaba debatiendo desde hace bastante tiempo, debido a que desde muchos ámbitos se argumentaba que se debía garantizar la independencia entre el organismo que crea las normas técnicas y el que las certifica. Adicionalmente, también es relevante señalar que, mientras que la actividad de normalización es llevada a cabo por un sólo organismo en España designado expresamente para ello (al igual que en Europa y en el resto del mundo), por contra, la actividad de certificación de normas puede ser realizada por todas las entidades que deseen acreditarse para ello.

 

¿En qué consiste la normalización?

En pocas palabras, las tareas que lleva a cabo UNE desde inicios de este año son las de normalización. La normalización consiste en la elaboración de normas técnicas -también llamados estándares-, entre las que destacan principalmente las normas españolas UNE (Una Norma Española). Además, la Asociación Española de Normalización participa en la elaboración de las normas europeas EN (Norma Europea) del Comité Europeo de Normalización (CEN), del Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (CENELEC) y del  Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones (ETSI), y también en la elaboración de las normas internacionales ISO (Norma Internacional) de la Organización Internacional de Normalización y normas IEC de la Comisión Electrotécnica Internacional.

Tal y como se puede leer en su página web, “la Asociación Española de Normalización, es el organismo legalmente responsable del desarrollo y difusión de las normas técnicas en España. Las normas indican cómo debe ser un producto o cómo debe funcionar un servicio para que sea seguro y responda a lo que el consumidor espera de él. UNE pone a disposición de todos más de 31.500 documentos normativos”.

 

Resumen de la infraestructura para la calidad  y seguridad industrial en España

El Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, define los diferentes tipos de organismos que existen relativos a la infraestructura para la calidad y seguridad industrial en nuestro país, los cuales son los siguientes:

Infraestructura común:

  • Organismos de normalización, con el cometido de desarrollar las actividades relacionadas con la elaboración de normas.
  • Entidades de acreditación, con los cometidos de realizar el reconocimiento formal de la competencia técnica de una entidad para certificar, inspeccionar o auditar la calidad, o un laboratorio de ensayo o de calibración y de verificar en el ámbito estatal el cumplimiento de las condiciones y requisitos técnicos exigidos para el funcionamiento de los Organismos de control y de los verificadores medioambientales.

Infraestructura para la calidad:

  • Entidades de certificación, con el cometido de establecer la conformidad de una determinada empresa, producto, proceso, servicio o persona a los requisitos definidos en normas o especificaciones técnicas.
  • Laboratorios de ensayo, con el cometido de llevar a cabo la comprobación de que los productos industriales cumplan con las normas o especificaciones técnicas que les sean de aplicación.
  • Entidades auditoras y de inspección, con el cometido de determinar si las actividades y los resultados relativos a la calidad satisfacen a los requisitos previamente establecidos, y si estos requisitos se llevan a cabo efectivamente y son aptos para alcanzar los objetivos.
  • Laboratorios de calibración industrial, con el cometido de facilitar la trazabilidad y uniformidad de los resultados de medida.

Infraestructura para la seguridad industrial:

  • Organismos de control, con el cometido de realizar en el ámbito reglamentario, en materia de seguridad industrial, actividades de certificación, ensayo, inspección o auditoría.
  • Verificadores medioambientales, con el cometido de examinar las políticas, programas, sistemas de gestión, procedimientos de evaluación y de auditoría y declaraciones en materia de medio ambiente industrial, así como de realizar la validación de estas últimas.

Por su parte, el Real Decreto 1072/2015, de 27 de noviembre, modifica el Real Decreto 2200/1995 citado anteriormente, e introduce el requisito de que se debe separar jurídica, funcional y contablemente las actividades de normalización de cualquier actividad de evaluación de la conformidad.

En definitiva, tras este cambio, actualmente la infraestructura para la calidad y la seguridad industrial en España queda reflejada de la forma siguiente:

  • La Asociación Española de Normalización (UNE) es el organismo de normalización.
  • La Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) es la entidad de acreditación.
  • Y finalmente, todas las entidades, organismos y laboratorios que lo deseen (entre ellos, la nueva Aenor Internacional S.A.U), pueden acreditarse para realizar las funciones de evaluación de la conformidad: certificación, ensayos, inspecciones, etc.

Autor: Jorge Jimeno Bernal.
Ingeniero Industrial del Estado (Promoción 2015).
 

Nota: Para más información se recomienda la lectura del artículo «La calidad y seguridad industrial en España» escrito por el Subdirector General de Calidad y Seguridad Industrial, Jose Manuel Prieto Barrio y por Diego José Martínez Martín. Dicho artículo fue publicado en la revista Economía Industrial nº396, en el año 2015.